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El 1 de enero de 2021, Reino Unido ha dejado de pertenecer definitivamente a la Unión Europea, una vez finalizado el periodo de transición durante el que se ha seguido aplicando la legislación europea. Esto supone varios cambios para viajar entre Reino Unido y el resto de paÃses de la UE.
¿Qué se necesita para viajar a Reino Unido tras el Brexit?
Documentación necesaria
Se podrá seguir usando el DNI para viajar entre España y Reino Unido hasta el 30 de septiembre de 2021. A partir del 1 de octubre de 2021, será necesario el pasaporte para poder viajar. Residentes en Reino Unido: Los ciudadanos comunitarios registrados como residentes en en el Sistema de Asentamiento en las islas británicas podrán usar su tarjeta de identidad nacional (DNI en el caso de los españoles) hasta el 31 de diciembre de 2025.
Tiempo máximo de viaje sin visado
Los visitantes europeos podrán estar un máximo de 6 meses en territorio británico sin necesidad de solicitar un visado.
Tarjeta sanitaria europea
Las tarjetas sanitarias en vigor podrán seguir utilizándose hasta que expiren. La recomendación del Gobierno británico es contratar un seguro de viaje.
Carné de conducir
Los turistas españoles podrán utilizar su carné de conducir español sin problemas en Reino Unido, sin necesidad de documentación adicional.
Roaming
Tras la salida del Reino Unido de la Unión Europea, los operadores españoles no están obligados a ofrecer itinerancia gratuita en Reino Unido. Recomendamos consultar con su compañÃa de telefonÃa antes de viajar.
Viajar con mascotas
No habrá restricciones adicionales a las actuales para viajar desde la Unión Europea a Reino Unido con mascotas.
Más información y dudasÂ
Para ayudar a resolver eventuales dudas tanto a ciudadanos como a empresas, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación ha puesto en marcha una Ventanilla Única a través de la Embajada en Londres y los Consulados en Londres, Manchester y Edimburgo.
Para ello está prevista asistencia consular con atención telefónica de 9:00 a 18:00 horas. Quienes lo deseen podrán solicitar información a través del correo electrónico emb.londres.brexit@maec.es o llamando desde Reino Unido al +44 (0) 1158 575508 y desde España al +34 91 8362248.Â
Asimismo, es posible solicitar información en el Consulado General de España en Edimburgo (cog.edimburgo.bre@maec.es), el de Mánchester (cog.manchester.brex@maec.es) y el de Londres (cog.londres@maec.es). Esperamos que os pueda resultar útil la información y cualquier consulta podéis consultarnos directamente a info@planetaviajero.es.
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